Los reclamos por daños derivados de un accidente de tránsito están sujetos a plazos de prescripción, cuyo cómputo y extensión dependen del régimen aplicable al caso concreto (responsabilidad extracontractual, existencia de proceso penal conexo, naturaleza de las partes involucradas, entre otros factores).
Por qué conviene verificar el plazo en cada caso
El punto de partida del cómputo (por ejemplo, desde la fecha del hecho o desde que la víctima tomó conocimiento del daño y del responsable) y la posible interrupción o suspensión del plazo por gestiones extrajudiciales, denuncias o actuaciones judiciales conexas, son cuestiones que deben analizarse con el texto legal vigente y la jurisprudencia aplicable a la fecha del caso, dado que estos aspectos pueden ser objeto de interpretación y de cambios normativos.
Recomendación práctica
Frente a cualquier duda sobre el plazo aplicable, es preferible actuar con la mayor premura posible desde el conocimiento del hecho, iniciando las gestiones o la acción judicial correspondiente sin esperar a que el plazo esté por vencer, para evitar discusiones sobre su cómputo.